Medidas para el funcionamiento de los centros de la UPV/EHU para el curso académico 2021-2022

Medidas para el funcionamiento de los centros de la UPV/EHU para el curso académico 2021-2022<br />(Texto revisado el 29 de septiembre de 2021)

1. Introducción

La pandemia ocasionada por el COVID-19 ha tenido un tremendo impacto en todos los ámbitos, y en el universitario nos obligó a realizar, en un periodo muy corto de tiempo, cambios de gran calado en cada una de las facetas de nuestra actividad.

Pero la evolución de la pandemia y la extensión de la vacunación a toda la comunidad universitaria van a permitir que, a lo largo de las dos primeras semanas de octubre, la UPV/EHU recupere el 100% de presencialidad, según le comunicó el pasado viernes 24 de septiembre el consejero de Educación a la rectora.

La UPV/EHU, en base a su organización y planificación, recuperará la presencia plena del alumnado, manteniendo medidas de seguridad e higiene que todavía son necesarias.

Además, es previsible que el Consejo Asesor del Plan de Protección Civil de Euskadi (LABI) siga flexibilizando las medidas en los próximos días si continúa la tendencia actual.

Reiteramos que todas las medidas planteadas en este documento son dinámicas y están sujetas a la evolución de la pandemia y a las directrices emanadas de las autoridades sanitarias.

Todos los y las miembros de la comunidad universitaria, alumnado, personal docente e investigador y de administración y servicios, deberán adoptar las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad COVID-19, así como la propia exposición a dichos riesgos. Asimismo, deberán respetar las medidas de prevención, seguridad, salud e higiene vigentes o que establezcan las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19.

Se insta a toda la comunidad universitaria a cumplir las normas, medidas, instrucciones y recomendaciones emitidas por las autoridades sanitarias y por la UPV/EHU, así como a estar pendiente de la información institucional que se comunicará a través del tablón de anuncios electrónico (EHUtaula) de la Universidad y del correo electrónico institucional.

Este documento de medidas de funcionamiento pretende establecer las pautas de actuación desde el punto de vista organizativo para responder adecuadamente ante cualquier escenario que se dé a lo largo del curso, garantizando siempre las condiciones de seguridad y salud de las personas.

Para ello, cada centro, atendiendo a las pautas establecidas en este documento, y a los consejos que en cada momento puedan dictarse por la autoridad sanitaria, habrá de adecuarse en su actuación a los mismos.

Estas normas se publicarán en la página web de la Universidad y se remitirán al personal y al alumnado a través de las correspondientes listas de distribución.

2. Limitación de contactos

De forma general, deberá asegurarse la adopción de las medidas organizativas que resulten necesarias para evitar aglomeraciones y garantizar que el alumnado y trabajadores y trabajadoras puedan cumplir las indicaciones de distancia o limitación de contactos, así como las medidas de prevención personal que se indiquen por las autoridades sanitarias y educativas.

En este sentido, las personas que accedan a los campus, edificios o espacios de la Universidad deben procurar mantener la mayor distancia interpersonal posible, así como respetar el resto de medidas preventivas.

Como se ha dicho anteriormente, desde la primera quincena de octubre se recuperará la presencialidad total del alumnado y del personal de la UPV/EHU. Es por ello que:

- La docencia en las aulas se organizará con el criterio de presencialidad máxima del alumnado siempre y cuando las condiciones epidemiológicas lo permitan. Se establecerá la disposición del alumnado que conduzca a la mayor distancia interpersonal posible, acorde a la capacidad y tipo de mobiliario de cada aula. No obstante, cuando se trate de laboratorios, talleres o similares, se deberán adoptar medidas

de protección adicionales reforzando las medidas de ventilación, de limpieza y desinfección, así como limitar el uso compartido de objetos e incluir medidas de higiene previa de manos.

- El alumnado tendrá que acudir directamente al aula y ocupar su asiento unos minutos antes de la hora en que se inicie la clase. En los periodos de descanso entre clases, tendrá que permanecer en espacios abiertos o en aquellos en el interior de los edificios específicamente habilitados a tal fin. Una vez finalizadas las clases, la permanencia en recintos cerrados de las instalaciones universitarias se limitará a lo estrictamente necesario.

- La Ley 2/2021, de 24 de junio, de medidas para la gestión de la pandemia de COVID-19 establece que en los centros de trabajo deberán adaptarse las condiciones de trabajo, incluida la ordenación de los puestos de trabajo y la organización de los turnos, así como el uso de los lugares comunes, de forma que se garantice el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal mínima de 1,5 metros entre personas trabajadoras y cuando ello no sea posible, se les deberán proporcionar medios de protección adecuados al nivel de riesgo.

- En lo que respecta a la celebración de congresos, encuentros, reuniones, conferencias y eventos, se aplicará el criterio establecido por el departamento de Seguridad en respuesta a las preguntas más frecuentes relacionadas con lo establecido en el Decreto 38/2021, de 17 de septiembre, del Lehendakari, de refundición en un único texto y actualización y determinación de medidas de prevención para la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2. Según dicho criterio, cuando para completar en un recinto un aforo permitido del 75 % de su capacidad no se pueda guardar una distancia interpersonal de 1,5 metros, no será de aplicación esta medida de separación entre personas. Sí lo será, si las características del recinto lo permiten.

No obstante, se mantiene la recomendación de celebrar las reuniones de coordinación y otras actividades no docentes, así como las reuniones de departamentos, juntas de facultad, comisiones, etc. de forma telemática siempre y cuando no sea posible guardar la distancia interpersonal o los límites de aforo establecidos.

- Durante la realización de prácticas académicas externas, se seguirán las medidas de prevención establecidas por las entidades colaboradoras, tales como, empresas, instituciones y entidades públicas y privadas.

- Durante la realización de prácticas en instituciones sanitarias los y las estudiantes deberán utilizar los equipos de protección individual indicados en el servicio donde se desarrollan las prácticas, así como recibir formación para un uso correcto y seguro del mismo. Se tendrá registro de las personas que participan en las prácticas en cada sitio y horario, para facilitar el rastreo cuando sea necesario. Es especialmente importante que las prácticas se planifiquen de manera adecuada y con antelación.

- Los intercambios internacionales se realizarán según las recomendaciones y legislación vigente.

De forma generalizada, cuando no sea posible mantener la distancia interpersonal, se recomienda guardar la mayor distancia interpersonal posible y se redobla la necesidad de uso de la mascarilla manteniéndose por tanto la obligatoriedad de su estricto cumplimiento, así como de la ventilación constante y suficiente de interiores y del resto de medidas preventivas.

3. Medidas de prevención personal

Las principales medidas de prevención personal que deben tomarse frente a COVID-19 y otras infecciones respiratorias son las siguientes:

  1. Uso de la mascarilla
    • Es obligatorio el uso de la mascarilla para todas las personas que accedan a los centros y edificios de la universidad, en todos sus espacios, sean de uso individual o colectivo y durante la permanencia en los mismos, con independencia de la distancia interpersonal.

    • La indicación de uso de mascarilla se adecuará a los cambios del marco legislativo que lo regule.

    • Tanto el alumnado como el personal de la UPV/EHU estará obligado a utilizar mascarillas, que podrán ser de diferentes tipos: higiénicas, quirúrgicas o FFP2, por indicación del servicio de prevención éstas últimas. En el caso de las mascarillas higiénicas se recomienda emplear, preferiblemente, modelos reutilizables y deberán cumplir con las especificaciones técnicas recogidas en la Orden CSM/115/2021, de 11 de febrero, por la que se establecen los requisitos de información y comercialización de este tipo de mascarillas.

    • Promover el uso correcto de la mascarilla, ya que un mal uso puede entrañar más riesgo de transmisión. Se debe utilizar cubriendo nariz y mentón, siendo muy importante que se ajuste bien a la cara, y manipularla únicamente por las tiras.

    • Cuando se atiende a personas con síntomas, la persona con síntomas debe ponerse mascarilla quirúrgica y quien lo atiende FFP2 sin válvula.

    • De forma general, la obligación contenida en el párrafo anterior no será aplicable en los siguientes supuestos:

      • Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.

      • Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados.

      • Personas en situación de discapacidad o dependencia que no puedan quitarse la mascarilla.

      • Personas que presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

      • Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de éstas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.

    • La excepción al uso de mascarillas por razones médicas deberá acreditarse mediante certificado médico oficial que deberá ser remitido al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales (medikua@ehu.eus) en el caso del personal y en el caso del alumnado a la dirección de estudiantes (ikasle-zuzendaritza@ehu.eus). Una vez verificados los informes se adoptarán las medidas oportunas para estas personas y se comunicarán tanto a la persona responsable COVID-19 del centro o edificio correspondiente como al director o directora del departamento (en el caso del PDI), a la persona superior jerárquica (en el caso del PAS) y al vicedecano o vicedecana de estudiantes del centro (en el caso del alumnado). 

  2. Higiene de manos de forma frecuente y meticulosa, durante al menos 40 segundos, con agua y jabón o, en su defecto, con gel hidroalcohólico. Se recomienda hacerlo al menos a la entrada y salida del centro universitario, y antes y después de cada cambio de aula o espacio, de ir al aseo, de las comidas o de manipular la mascarilla. Se debe tener en cuenta que cuando las manos tienen suciedad visible el gel hidroalcohólico no es suficiente, y es necesario usar agua y jabón.

  3. Higiene respiratoria:

    • No quitarse la mascarilla para toser o estornudar.

    • En caso de quitársela, cubrirse la nariz y la boca con un pañuelo al toser y estornudar, y desecharlo a un cubo de basura preferentemente con tapa y pedal.

    • Si no se dispone de pañuelos emplear la parte interna del codo para no contaminar las manos.

    • Evitar tocarse los ojos, la nariz o la boca, ya que las manos facilitan la transmisión.

  4. En caso de realizar un uso compartido de materiales u objetos con fines docentes, extremar las medidas de prevención (como la higiene de manos y evitar tocarse nariz, ojos y boca), y realizar limpieza y/o desinfección tras su uso, según sus características.

  5. El uso de guantes no es recomendable de forma general, pero sí en las tareas de limpieza.

El incumplimiento de estas medidas de higiene personal puede dar lugar a la adopción de las medidas disciplinarias correspondientes.

4. Ventilación de los espacios

4.1. Pautas mínimas de ventilación natural en espacios universitarios

Siempre que las condiciones climatológicas y las instalaciones lo permitan se recomienda tener abiertas las ventanas, con las debidas medidas de seguridad, y las puertas de las aulas y demás espacios de la universidad.

En los periodos de frío, cumpliendo en todo momento con las condiciones de seguridad, habrá que llegar a un compromiso entre la reducción de riesgos sanitarios y confort térmico. Disponer de ropa de abrigo cómoda para interiores podrá permitir no abusar de la calefacción con las ventanas parcialmente abiertas.

La apertura de ventanas y puertas puede conllevar problemas de ruido. Hay que llegar a un compromiso entre el riesgo sanitario y el malestar y las molestias acústicas. Es preferible reducir el ruido en pasillos a cerrar puertas.

La apertura de ventanas con la consecuente introducción del aire exterior puede conllevar el incremento de niveles de contaminantes procedentes del exterior en zonas altamente contaminadas, por ello y siempre cumpliendo las condiciones de seguridad habrá que llegar a un compromiso entre el riesgo sanitario por COVID-19 y el riesgo debido a exposición a contaminación.

Se procurará la limpieza de los filtros de aire y aumentar el nivel de ventilación de los sistemas de climatización para renovar el aire de manera más habitual. No se puede utilizar la función de recirculación de aire interior

Cuando no sea posible mantener la ventilación de forma constante se seguirán las siguientes pautas de ventilación:

4.1.1. Ventilación mínima de aulas, seminarios y laboratorios docentes

Analizada la diferente casuística con respecto a la duración de las clases, se ha establecido que se deben garantizar unos tiempos mínimos de ventilación de 10 minutos.

La ventilación requerirá que la totalidad de ventanas y puertas de acceso practicables se encuentren abiertas.

Se plantea el esquema para clases de 50, 80 y de 110 minutos.

Es responsabilidad del profesor encargado o de la profesora encargada de la docencia que se cumplan las condiciones y tiempos de ventilación del aula.

El alumnado podrá permanecer durante la pausa entre clases en el aula, pero se deberá cumplir el programa de ventilación.

En ningún caso se podrán utilizar aquellas aulas, seminarios, laboratorios, talleres o locales donde se imparta docencia que no dispongan de ningún tipo de ventilación natural o mecánica salvo que se realice un estudio que evalúe y especifique las condiciones para su eventual uso.

4.1.2. Ventilación mínima de salas de lectura

El personal adscrito a las salas de lectura procurará una ventilación mínima de dichos espacios de, al menos, diez minutos por cada intervalo de una hora de apertura al público.

En ningún caso se podrán utilizar aquellas salas de lectura que no dispongan de ningún tipo de ventilación natural o mecánica.

4.1.3. Ventilación mínima de elementos comunes de los edificios

El personal subalterno, conforme a las instrucciones proporcionadas por la persona responsable de administración y en su caso del Servicio de Arquitectura y Obras, colaborará en mantener los espacios comunes, como pasillos, distribuidores, escaleras, etc. ventilados mediante la apertura de ventanas, puertas u otros elementos con acceso al exterior, donde sea posible.

Se debe garantizar durante el horario de apertura del centro la ventilación de las zonas comunes. En función de las clases de ventanas se adoptará el criterio recogido en el siguiente esquema.

Corresponde a la persona responsable de administración del centro garantizar la adecuada programación de la ventilación de los pasillos y evitar que se produzcan aglomeraciones.

Es responsabilidad del personal subalterno realizar la apertura de la totalidad de las ventanas oscilobatientes y realizar la apertura/cierre del resto de ventanas con la cadencia señalada.

Pueden realizarse cierres de ventanas en función de horarios con la asistencia de Personal del Servicio de Limpieza y Personal del Servicio de Seguridad.

4.1.4. Ventilación mínima de despachos y locales administrativos

Se debe garantizar durante el horario de apertura de los espacios administrativos su ventilación adoptando el criterio recogido en el siguiente esquema.

Es responsabilidad de las personas usuarias de los despachos y de las personas responsables de los servicios que se cumplan los tiempos de ventilación.

4.1.5. Ventilación mínima de laboratorios de investigación

Se reforzarán las pautas habituales de ventilación, aumentando al máximo el tiempo de apertura de ventanas.

Es responsabilidad del Personal Docente e Investigador y de las personas usuarias de los laboratorios que se cumplan los tiempos de ventilación.

Aunque no suelen ser espacios de gran ocupación, siempre que sea necesario, se realizarán mediciones de concentración de CO2.

4.1.6. Ventilación de comedores

Los comedores con ventilación natural permanecerán, como mínimo, durante toda la franja horaria de uso con puertas y ventanas abiertas, de tal manera que se favorezca la ventilación cruzada de las dependencias.

En ningún caso se podrán utilizar comedores o locales circunstancialmente empleados para comer y/o beber, que no dispongan de ningún tipo de ventilación natural o mecánica.

4.1.7. Pruebas de ventilación mediante medición de concentración de CO<sub>2</sub> en aulas docentes, seminarios, laboratorios

La ventilación natural depende de muchos factores por lo que, en caso de duda, se puede comprobar que se está haciendo bien mediante mediciones de CO2.

No es necesaria la compra generalizada de medidores de CO2 por los centros universitarios. Cuando existan dudas razonables sobre la eficacia de la ventilación, se puede recurrir al uso de medidores de CO2 realizando mediciones puntuales o periódicas que ayuden a generar conocimiento y experiencia sobre las prácticas de ventilación que garantizan una buena renovación de aire.

Para cualquier duda relacionada con este tema es necesario ponerse en contacto con el servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

5. Limpieza y desinfección de las superficies y espacios

En las tareas de limpieza se prestará especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes, como pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, perchas, y otros elementos de similares características, utilizando desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad antivírica que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad. En el uso de ese producto se respetarán las indicaciones de la etiqueta. Tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección utilizados se desinfectarán o se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos.

En el caso de que se empleen uniformes o ropa de trabajo, se procederá al lavado y desinfección regular de los mismos, siguiendo el procedimiento habitual.

Se efectuará limpieza de los espacios universitarios al menos una vez al día reforzándola en aquellos espacios que lo precisen en función de la intensidad de uso, por ejemplo, en los aseos, donde será de al menos 3 veces al día y las aulas que se utilicen mañana y tarde donde será de al menos dos veces al día.

Las medidas de limpieza se extenderán también, en su caso, a zonas comunes y zonas privadas y puestos de trabajo de las personas trabajadoras, tales como vestuarios, taquillas, aseos, cocinas y áreas de descanso. Asimismo, cuando existan puestos de trabajo compartidos por más de una persona, se realizará la limpieza y desinfección del puesto tras la finalización de cada turno, y al finalizar la jornada, con especial atención al mobiliario y otros elementos susceptibles de manipulación, sobre todo en aquellos utilizados por más de una persona.

En las aulas, será suficiente con realizar la limpieza una vez al día, incluido mobiliario (mesas y otras superficies de contacto, etc.), cuando sólo se utilicen de mañana o de tarde. Cuando se utilicen en ambos turnos, se realizará limpieza, desinfección y ventilación entre uno y otro.

Se asegurará que haya una ventilación adecuada al usar productos de limpieza para evitar que el estudiantado o miembros del personal inhalen vapores tóxicos.

Se fomentará que todas las personas mantengan limpios sus objetos personales, como teléfono, dispositivos electrónicos, etc…, así como los objetos y superficies compartidas.

6. Gestión de residuos

Se mantendrán las papeleras, a ser posible con tapa y pedal, en los que poder depositar pañuelos y cualquier otro material desechable (mascarillas, guantes de látex, etc.). Dichas papeleras deberán ser limpiadas de forma frecuente, y al menos una vez al día.

A estas medidas se deben sumar las medidas habituales de limpieza e higiene que deben realizarse habitualmente cuando un centro se reabre tras un periodo no lectivo.

La gestión de los residuos ordinarios se realizará del modo habitual, respetando los protocolos de separación de residuos.

Todo material de higiene personal (mascarillas, guantes, etc.) debe depositarse en la fracción resto (agrupación de residuos de origen doméstico que se obtiene una vez efectuadas las recogidas separadas), o en los contenedores específicos instalados al efecto.

En caso de que un alumno/a o una persona trabajadora presente síntomas mientras se encuentre en el centro universitario, será preciso aislar el contenedor donde haya depositado pañuelos u otros productos usados. Esa bolsa de basura deberá ser extraída y colocada en una segunda bolsa de basura, con cierre, para su depósito en la fracción resto.

7. Gestión de los casos

La UPV/EHU ha nombrado a una persona como responsable COVID-19 y en cada centro/sección/edificio de la UPV/EHU se ha nombrado también una persona como responsable COVID-19.

7.1. Protocolo de Actuación

7.1.1. Actuaciones ante un caso sospechoso o confirmado

No podrán acceder al centro educativo o de trabajo aquellas personas con síntomas compatibles con COVID-19, aquellas a las que se haya diagnosticado la enfermedad y que no hayan finalizado el período de aislamiento requerido o quienes se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido

contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de COVID-19, así como aquellas que estén pendientes del resultado de las pruebas diagnósticas.

Se considera caso sospechoso de infección por SARS-CoV-2 a cualquier persona con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda de aparición súbita de cualquier gravedad que curse, entre otros síntomas, con fiebre, tos o sensación de falta de aire. Otros síntomas atípicos como la odinofagia (dificultades al tragar), anosmia (pérdida de olfato), ageusia (pérdida de gusto), dolores musculares, diarreas, dolor torácico o cefaleas, o cualesquiera otros que puedan ser considerados también síntomas de sospecha de infección por SARS-CoV-2 según criterio clínico.

Se considera caso confirmado a cualquier persona (sintomática o asintomática) con un diagnóstico de infección realizado por PCR (o cualquier otra técnica molecular) o por diagnóstico serológico de infección establecido por un facultativo autorizado.

Cualquier miembro de la Comunidad Universitaria que presente alguno de los síntomas, debe auto-aislarse en su domicilio (no acudir al lugar de trabajo, de estudio o de investigación) y ponerse en contacto con su Centro de Salud lo más rápidamente posible, además de informar de su situación a la dirección de su Departamento en caso de ser PDI, a su Jefatura de Servicio en caso de ser PAS o al Decanato/Dirección de su centro en caso de ser estudiante. En todos los casos deben ser informadas también las personas nombradas como responsable COVID-19 del centro/sección/edificio. En todo momento colaborarán en la búsqueda de “contactos estrechos” y posibles fuentes de infección dentro de la institución académica.

En el caso de que un o una estudiante desarrolle síntomas compatibles con COVID-19, en el centro universitario se le solicitará que se traslade hasta la sala de aislamiento (que deberá estar bien ventilada y contar, como mínimo, con una papelera de pedal con bolsa donde depositar la mascarilla y los pañuelos desechables) y se le colocará una mascarilla quirúrgica. La persona que le acompañe deberá colocarse una mascarilla FFP2 sin válvula.

La persona que inicia síntomas deberá llamar por teléfono al centro de salud de atención primaria.

En caso de que la persona que inicia los síntomas sea PDI o PAS, se seguirán los protocolos de riesgos laborales de la universidad. La persona afectada debe contactar por teléfono con su centro de salud o con el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

El alumnado de la Comunidad Universitaria identificado como caso confirmado seguirá las indicaciones dadas por su centro de salud. El o la estudiante en cuestión no podrá reincorporarse a la actividad académica normal hasta que cuente con la autorización de su médico/a de atención primaria.

En el caso del personal la reincorporación a sus actividades habituales, tendrá lugar cuando disponga del alta supervisada por el médico/a de Atención Primaria.

La valoración de la exposición del personal que trabaja en el centro se realizará en función de la evaluación específica del riesgo de cada caso, según lo recogido en el Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2.

El Servicio de Salud Pública, junto con el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, valorará si el personal del centro (PDI y PAS) debe ser considerado contacto estrecho del caso confirmado, en base a la adecuación y seguimiento de las medidas de prevención adoptadas y las actividades realizadas.

Las autoridades sanitarias realizarán un seguimiento activo entre los contactos identificados como estrechos, quienes deberán permanecer en el domicilio guardando un periodo de cuarentena, según se determina en el Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de COVID-19 del Departamento de Salud del Gobierno Vasco. Se incluirá la realización de pruebas PCR según se recoja en los protocolos establecidos por las autoridades de Salud Pública.

Una vez estudiados los contactos y establecidas las medidas de cuarentena para aquellos considerados como estrechos, las actividades docentes continuarán de forma normal, extremando las medidas de precaución y realizando una vigilancia pasiva.

En todo caso, dada la disparidad tan significativa entre el número de estudiantes por asignatura -y los grupos que las conforman-, la tipología de las mismas -teóricas, prácticas, seminarios, trabajo en laboratorios, etc.-, y las especificidades y requerimientos de algunas de ellas, cada centro podrá adaptar este planteamiento, y ser más restrictivo si así lo considerase en términos de prevención sanitaria.

El o la estudiante que pasa a una situación de aislamiento recibirá la docencia correspondiente de forma no presencial, siempre atendiendo a la idiosincrasia y especificidades de cada asignatura. El centro se encargará de velar por que el o la estudiante afectado/a que deba realizar el aislamiento y los contactos estrechos que hayan de cumplir la cuarentena reciban la docencia de las diferentes asignaturas en las que estén matriculados.

En caso de que el o la estudiante confirmado/a de COVID-19 esté realizando prácticas académicas externas, el centro o la universidad deberán informar a la empresa, administración, institución, organismo o entidad en la cual ha desarrollado o desarrolla la actividad de la práctica.

7.1.2. Actuaciones ante la aparición de más de un caso

Se considerará brote la agrupación de 3 o más casos con infección activa en los que se ha establecido un vínculo epidemiológico.

Los escenarios de aparición de los casos de COVID-19 en los centros universitarios pueden ser muy diversos. Cuando existe vinculación entre distintos casos se puede considerar brote.

Se pueden considerar 3 escenarios posibles:

  1. Brotes controlados o casos esporádicos. Si las cadenas de transmisión están bien definidas.
    Esta situación se puede dar en un único grupo o, simultáneamente, en varios grupos que sean independientes. Se indicarán actuaciones de control específicas para cada uno de ellos mediante la implementación de las medidas de control habituales: aislamiento de los casos e identificación y cuarentena de los contactos de cada grupo o aula independiente.
  2. Brotes complejos o transmisión comunitaria esporádica. Si las cadenas de transmisión no se pueden identificar con facilidad o aparecen diversas ramificaciones, con más de una generación de casos.
    Esta situación responde a la detección de casos en varios grupos o aulas con un cierto grado de transmisión entre distintos grupos independientemente de la forma de introducción del virus en el centro universitario. En este caso se estudiará la relación existente entre los casos y se valorará la adopción de medidas adicionales como la ampliación del grupo/s que debe guardar cuarentena, cierre de aulas o líneas.
  3. Transmisión comunitaria no controlada. Si se considera que se da una transmisión no controlada en el centro universitario con un número elevado de casos.
    El Servicio de Salud Pública realizará una evaluación de riesgo, analizando dónde se producen los procesos de transmisión, para considerar la necesidad de escalar las medidas, valorando, en última instancia, el cierre temporal de un área o de todo el centro universitario.

La implementación de las medidas para el control de estos brotes se realizará de forma proporcional al nivel de riesgo definido por el tipo de brote definido anteriormente.

En el caso de la constatación de un número elevado de estudiantes (o resto de miembros de la comunidad universitaria) afectados, cualquier decisión que tenga afectación de un centro deberá ser tomada conjuntamente por los responsables de la universidad, del centro, por el comité de vigilancia COVID-19 de la UPV/EHU y por las autoridades responsables de la política sanitaria y de la política universitaria. Si la afección es general deberá ser adoptada conjuntamente por los responsables de la universidad, por el comité de vigilancia COVID-19 de la UPV/EHU y por las autoridades responsables de la política sanitaria y de la política universitaria

7.1.3. Actuaciones en los contactos estrechos con casos confirmados

De forma general, a nivel comunitario, se considerará contacto estrecho a cualquier persona que haya estado en el mismo lugar que un caso, a una distancia menor de 2 metros y durante un tiempo total acumulado de más de 15 minutos en 24 horas, sin uso continuado y correcto de mascarilla.

Si se tiene conocimiento de la aparición o existencia de un caso confirmado entre el personal o alumnado de la UPV/EHU, siempre en colaboración con los responsables sanitarios, se colaborará en la identificación e información de los contactos estrechos, procediendo a su vigilancia activa.

Las autoridades sanitarias realizarán un seguimiento activo entre los contactos identificados como estrechos y deberán permanecer en el domicilio guardando un periodo de cuarentena, según se determina en el Protocolo de Vigilancia Epidemiológica de COVID-19 del Departamento de Salud.

Los miembros de la comunidad universitaria que sean contacto estrecho de un caso confirmado deberán seguir las instrucciones y protocolos establecidos por las autoridades sanitarias en el citado Protocolo. Igualmente deberán informar de su situación a la dirección de su Departamento en caso de ser PDI, a su Jefatura de Servicio en caso de ser PAS o al Decanato/Dirección de su centro en caso de ser estudiante. En todos los casos deben ser informadas también las personas nombradas como responsables COVID-19 del centro/sección/edificio.

Con el objetivo de posibilitar un rastreo de contactos rápido y más sencillo si se diera algún caso y facilitar el análisis y actuación, se recogerá de forma organizada y fácilmente accesible la información siguiente:

  • La relación de alumnos/as de cada curso/grupo.
  • La relación de alumnos/as de cada aula, taller, laboratorio, su posición en la misma (donde se sientan), la valoración del riesgo de las actividades que se realizan (participación en talleres o prácticas con mayor contacto o proximidad) y sus teléfonos de contacto (móvil) para actuar rápidamente y toda aquella información que facilite la obtención de contactos estrechos que se pudieran dar ante la aparición de un caso.

Se deberá observar en todo momento el tratamiento confidencial de la identidad y datos de los casos sean sospechosos o confirmados.

7.1.4. Actuaciones en los contactos ocasionales

El contacto ocasional o indirecto (a través de otras personas) con posibles casos sospechosos, especialmente si se han cumplido las normas de distanciamiento social y de prevención individual, no requiere de un procedimiento especial. Se recomienda extremar las medidas básicas de prevención y realizar una vigilancia pasiva controlando la posible aparición de síntomas.

7.1.5. Actuaciones en las Facultades, Escuelas e Institutos

Decanos, decanas, directores y directoras de Centros e Institutos, la vicerrectora de Investigación, el vicerrector de Desarrollo Científico-Social y Transferencia y los/las vicerrectores/as de campus serán las personas encargadas de supervisar el cumplimiento de todas las recomendaciones y formarán parte de los comités de vigilancia que se citan posteriormente. En todo momento contarán con el apoyo de directores y directoras de Departamento y jefes y jefas de Servicio, cada una de ellas con responsabilidad en su ámbito de actuación (centros, unidades administrativas, aulas, bibliotecas, laboratorios, seminarios y otros servicios o dependencias), así como con la colaboración y actuación responsable de todos los miembros de la comunidad universitaria (PDI, PAS y estudiantes).

Ante la aparición de casos se procederá de acuerdo con las directrices recogidas en este documento, así como con todas aquellas que se puedan derivar del desarrollo posterior de aspectos concretos.

7.1.6. Actuaciones en el Colegio Mayor Miguel de Unamuno

En el Colegio Mayor Miguel de Unamuno, dadas sus características, con presencia de estudiantes de diferentes centros de la UPV/EHU, se requerirán actuaciones específicas ante la aparición de posibles casos. Se extremará la supervisión del cumplimiento y aplicación de medidas preventivas, y se intensificará la vigilancia epidemiológica con el fin de identificar los casos en etapas tempranas de la infección.

Ante la aparición de un caso se procederá de acuerdo con las indicaciones recogidas en este documento. Los convivientes de los casos serán considerados como contactos estrechos.

7.1.7. Actuaciones en relación a estudiantes que viven en pisos compartidos y en otras residencias universitarias

Los alumnos y las alumnas que se encuentren en esta situación deberán notificar la aparición de casos a la persona responsable COVID-19 de su centro a través del sistema establecido, favoreciendo la búsqueda de sus contactos estrechos. En estas circunstancias, en función de la información epidemiológica existente, se ampliará la búsqueda de casos, vigilancia y seguimiento a los centros universitarios en los que cursen sus estudios cada una de las personas convivientes.

7.1.8. Limpieza y desinfección de salas COVID-19

Se ventilarán los espacios universitarios en los que hayan estado personas con síntomas susceptibles de COVID-19 y la persona responsable COVID-19 del centro/edificio deberá comunicar a la persona responsable del servicio de limpieza que tiene asignada para que adopte las medidas necesarias para realizar la desinfección del lugar de trabajo/aula/laboratorio, conforme al protocolo establecido con la empresa de limpieza.

7.2. Comités de vigilancia de la COVID-19

  1. Se mantendrá el comité de vigilancia de la COVID-19 cuya finalidad es contribuir y favorecer la identificación y seguimiento de los casos de COVID-19 que puedan presentarse dentro de la universidad, así como difundir la información y recomendaciones preventivas y de control que sean pertinentes y necesarias en función de la situación epidemiológica existente en cada momento.
  2. La actuación de este comité se lleva a cabo dentro de los canales establecidos en el Gobierno Vasco y en estrecha colaboración con todos los agentes, propios o ajenos a la universidad, implicados en el proceso de seguimiento de casos y contactos: Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, Departamentos de Salud y Educación del Gobierno Vasco.
  3. Sus objetivos son los siguientes:
    • Servir de conexión de la comunidad universitaria con las autoridades sanitarias.
    • Colaborar en la identificación, búsqueda y seguimiento de contactos estrechos con los casos de COVID-19.
    • Canalizar un sistema de recogida, difusión e intercambio de información entre los miembros y estamentos de la comunidad universitaria.
    • Elaborar y actualizar protocolos de actuación y recomendaciones preventivas, siempre adaptadas a cada escenario y situación.
    • Colaborar en la formación de la comunidad universitaria en materia de prevención y control de la infección.
    • Notificar a las autoridades académicas y sanitarias la aparición de casos o situaciones de alerta que requieran una actuación rápida para su control.
    • Mantener una colaboración estrecha y comunicación fluida con todas las instituciones, centros, servicios y profesionales implicados en el sistema.
  4. Composición del Comité de Vigilancia de la UPV/EHU:
    • La persona responsable COVID-19 de la UPV/EHU.
    • La presidenta de la Comisión de Seguimiento de Planificación Docente y Aprendizaje.
    • La presidenta del Comité de Seguridad y Salud Intercampus.
    • Los/las vicerrectores/as de los tres campus.
    • El vicerrector de Transformación Digital y Comunicación.
    • El jefe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.
    • Un/a miembro elegido/a por los órganos de representación del PDI.
    • Un/a miembro elegido/a por los órganos de representación del PAS.
    • Un/a representante del Consejo de Estudiantes.
  5. Además, se mantendrán los comités de vigilancia en cada centro, en el Colegio Mayor Miguel de Unamuno, en cada centro de investigación y en cada uno del resto de los edificios de los campus.
  6. Cada uno de estos comités está constituido en cada caso, según corresponda, por:
    • Decano/a o director/a del centro correspondiente; director del Colegio Mayor; vicerrectora de Investigación o vicerrector de Desarrollo Científico-Social y Transferencia; vicerrector/a de cada campus.
    • La persona responsable COVID-19 del centro/sección/edificio.
    • Un/a representante del personal del centro.

8. Personal vulnerable

El personal (PDI o PAS) declarado vulnerable para COVID-19 (por ejemplo, personas con hipertensión arterial, enfermedades cardiovasculares, diabetes, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer o inmunodepresión) durante el curso anterior, podrá volver al trabajo, siempre que el servicio de prevención así lo considere porque su condición clínica esté controlada y manteniendo las medidas de protección de forma rigurosa.

El área sanitaria del servicio de prevención de riesgos laborales continuará evaluando situaciones sobrevenidas de otras personas trabajadoras especialmente sensibles a la infección por coronavirus y emitirá un informe sobre las medidas de prevención, adaptación del puesto y protección necesarias, siguiendo el Procedimiento de actuación para los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales frente a la exposición al SARS-CoV-211.

El alumnado que pertenezca a población vulnerable para COVID-19 podrán acudir al centro siempre que su condición clínica esté controlada y con cumplimiento estricto de las medidas de prevención. Deberán seguir las indicaciones de su profesional sanitario de referencia respecto a las medidas de prevención más adecuadas.

Se prestará especial atención al alumnado con diversidad funcional o necesidades específicas de apoyo educativo, ya que podrían necesitarse ciertas adaptaciones, como el recurso a acompañantes de apoyo y a medios materiales o ayudas técnicas. Las personas acompañantes de este alumnado deben cumplir las normas de prevención generales, manteniendo la distancia física respecto al resto de personas.

Se recomienda ofrecer apoyo psicosocial que tenga en cuenta también la situación vivida especialmente por el estudiantado durante la pandemia.

9. Comedores de estudiantes, de personal, cafeterías y máquinas de vending

  • Los comedores de estudiantes: se mantendrán abiertos cumpliendo en todo momento las medidas establecidas por las autoridades sanitarias (distancia, uso de mascarillas, limpieza y desinfección), siempre que se puedan garantizar las condiciones mínimas de ventilación.
  • Los comedores de personal: se mantendrán abiertos cumpliendo en todo momento las medidas establecidas por las autoridades sanitarias (distancia, uso de mascarillas, limpieza y desinfección), siempre que se puedan garantizar las condiciones mínimas de ventilación.
  • El tiempo máximo de permanencia en ambos comedores será el establecido por las instrucciones particulares de uso para dichos locales.
  • Las cafeterías: las condiciones para la prestación de su servicio (horarios, aforos, medidas de seguridad e higiene, servicios a ofrecer etc.) se adaptarán a lo que las autoridades competentes establezcan para cada momento en función de la situación epidemiológica.
  • Las máquinas de vending: se mantienen en funcionamiento, pero la zona en la que están ubicadas debe estar bien señalizada para que en todo momento se mantenga la distancia de seguridad. Las personas que vayan a consumir productos de estas máquinas evitarán las aglomeraciones en dicha zona.

10. Comunicación e Información

Se informará a la comunidad universitaria sobre las actuaciones a implementar en las situaciones en que se dé un caso o en las que se identifique un brote, así como la de las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud recomendadas.

Se continuará promoviendo la concienciación y la adopción de las medidas de prevención y control de la enfermedad en el estudiantado, profesorado y otras personas trabajadoras, tanto en el centro universitario como en sus hogares y entorno social.

La UPV/EHU difundirá información siguiendo las recomendaciones de fuentes oficiales.

11. Actualización de las medidas

Tal y como se indica en el apartado 1, este documento tiene un carácter dinámico y se actualizará en todo momento según las directrices establecidas por las autoridades sanitarias, de trabajo y de educación.

Dichas actualizaciones, adaptaciones y medidas específicas para determinadas unidades y actividades se publicarán en la web de la UPV/EHU.

 

En Leioa, a 29 de septiembre de 2021.

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