Resoluciones relativas a temas académicos

Resolución de la Vicerrectora de Posgrado y Formación Continua de la UPV/EHU de 2 de julio de 2021 en relación a la defensa de las tesis doctorales

La Normativa de Gestión de las Enseñanzas de Doctorado establece en su art. 21 lo relativo a la defensa y calificación de la tesis doctoral.

Con la llegada de la pandemia ocasionada por el COVID-19 fue preciso realizar, en un periodo muy corto de tiempo, cambios de gran calado en cada una de las facetas de la actividad universitaria, y entre ellas, en relación a la defensa de tesis doctorales. Así, por medio de la resolución de la Vicerrectora de Estudios de Grado y Posgrado de la UPV/EHU de 10 de marzo de 2020 se estableció, con carácter excepcional, la posibilidad de celebrar la defensa de tesis doctorales previstas en dicho periodo por videoconferencia u otros medios de carácter online. Posteriormente, dicha medida perdió su vigencia con la Resolución de 29 de abril de 2020 en relación con el depósito y defensa de las tesis doctorales durante el periodo que estuvieran en vigor las medidas de refuerzo para contener la epidemia del COVID-19, la cual establecía con carácter general la modalidad semipresencial.

La presente resolución trata de adaptar a la situación sanitaria presente el acto de defensa de las tesis doctorales de la UPV/EHU. Por ello, a la vista de las condiciones actuales, se considera conveniente recuperar, en la medida de lo posible, el carácter presencial de la defensa de tesis previsto en nuestra normativa, y que la semipresencialidad o incluso la defensa online, se reserve para situaciones que aún revistan de dificultades derivadas de la pandemia, junto con aquellos supuestos para los que la normativa ya preveía que la defensa se realizara en tales condiciones.

Asimismo, y en relación a lo dispuesto por el artículo 23 de la referida Normativa de Gestión de las Enseñanzas de Doctorado, sobre el pago de dietas, para poder realizar una gestión efectiva del acto de defensa, es preciso que el tipo o modalidad de defensa que vaya a llevarse a cabo según la propuesta de composición del tribunal se indique en el momento de depósito de la tesis; ello, sin perjuicio de que la modalidad pueda variar a la vista de la composición final del tribunal.

Por todo ello, y teniendo en cuenta las facultades que la propia Normativa de Gestión de las Enseñanzas de Doctorado otorga a la Vicerrectora de Posgrado y Formación Continua,

RESUELVO

Primero. - Adoptar las siguientes medidas en relación con la defensa de las tesis doctorales:

  1. Con carácter general la defensa de la tesis doctoral se realizará en dependencias de la UPV/EHU, excepto en el caso de tesis doctorales en cotutela o de tesis doctorales realizadas en colaboración con otras universidades en el marco de programas de doctorado interuniversitarios, cuando así se establezca en el correspondiente convenio.
  2. Cuando por motivos de la COVID-19 algún/alguna miembro del tribunal de tesis que no pertenezca a la UPV/EHU no pueda desplazarse para asistir al acto de defensa, la defensa de la tesis doctoral se realizará en formato bimodal desde dependencias de la UPV/EHU (defensa presencial combinada con videoconferencia), con la presencia del doctorando o doctoranda y miembros del tribunal y directores/as pertenecientes a la UPV/EHU. El resto de los miembros del tribunal no pertenecientes a la UPV/EHU podrán asistir por videoconferencia.
  3. Con carácter excepcional, y por motivos derivados de la COVID-19, cuando un miembro de la UPV/EHU no pueda asistir presencialmente, se podrá autorizar la defensa bimodal, siempre con la presencia del doctorando o doctoranda en el lugar de defensa de la UPV/EHU, y para lo cual se deberá realizar una solicitud, oportunamente justificada, a través de la dirección de correo doctorado@ehu.eus.

    Cuando sea el doctorando o doctoranda quien, excepcionalmente, por motivos COVID-19 no pueda asistir presencialmente, se podrá autorizar tanto la defensa bimodal como la defensa online por videoconferencia, para lo cual se deberá realizar una solicitud, oportunamente justificada, a través de la dirección de correo doctorado@ehu.eus.
  4. En cualquiera de los casos, y para poder realizar una gestión efectiva del acto de defensa, en el momento de efectuar el depósito de la tesis se indicará, por cada persona participante en el acto de defensa, si participará de forma presencial o por videoconferencia. A la vista de ello, y de la composición final del tribunal, se concretarán los importes a abonar.
  5. Al finalizar el acto de defensa, se deberá remitir toda la documentación relativa a la defensa de la tesis, en la forma que establezca para cada caso el Protocolo hecho público en la web de la UPV/EHU en este enlace.
  6. Una vez recibida toda la documentación, el Servicio de Estudios de Posgrado informará a la doctoranda o doctorando sobre la valoración de su tesis, así como la mención correspondiente y le indicará los trámites a seguir para la obtención de su título.

Segundo. – Dejar sin efecto la Resolución de la Vicerrectora de Estudios de Grado y Posgrado de la UPV/EHU de 29 de abril de 2020 en relación con el depósito y defensa de las tesis doctorales.

 

En Donostia, a 2 de julio de 2021.

LA VICERRECTORA DE POSGRADO Y FORMACIÓN CONTINUA

Montserrat Maritxalar Anglada