Reglamento del alumnado de la UPV/EHU
ANEXO II
PROTOCOLO DE ELECCIÓN DE DELEGADAS Y DELEGADOS DE GRUPO
Los centros celebrarán al inicio del curso académico las elecciones para la elección de las personas delegadas siguiendo el siguiente protocolo:
1.– Elaboración del calendario electoral:
La elección en cada grupo de la persona delegada se llevará a cabo en la asignatura de mayor matriculación en cada curso, excluyendo las asignaturas optativas.
El Centro o Sección elaborará de forma conjunta con su respectivo Consejo de Estudiantes el calendario electoral y establecerá las fechas para la elección en cada grupo dentro de los 20 primeros días lectivos del curso académico. El Centro o Sección se pondrá en contacto con las y los docentes en cuya asignatura deba llevarse a cabo la elección, informándoles del procedimiento a seguir y de sus funciones en dicho procedimiento. El Centro o Sección garantizará la participación y predisposición del profesorado.
El docente de la asignatura en la cual deba realizarse la elección velará porque el procedimiento electoral se desarrolle adecuadamente:
– Verificará que la elección se realiza el día y hora correspondiente.
– Recogerá el modelo de acta de elección en la Dirección del Centro o Sección.
– Llevará el listado de estudiantado matriculado el día de la elección.
– Levantará acta del proceso de elección y se encargará de ponerla en manos de la Dirección del Centro o Sección.
2.– Anuncio.
Al inicio del curso académico el Centro o Sección anunciará la apertura del proceso electoral a todo su estudiantado, con al menos una semana de antelación de las fechas en que vaya a producirse la elección.
Se informará al estudiantado de los derechos y obligaciones de las personas delegadas (artículo 14.2). De la misma forma, se dará aviso de que la condición de delegada o delegado podrá dar lugar al reconocimiento de créditos de conformidad con lo establecido en la normativa universitaria.
El Centro o Sección informará también de que las estudiantes que no se encuentren en el listado de estudiantado matriculado de ninguna de las asignaturas en las que vaya a procederse a la elección podrán solicitar se le incorpore a uno, debiendo solicitarlo al menos con dos días de antelación.
3.– Procedimiento de elección.
1) Se constituirá la mesa electoral por el o la docente de la asignatura y la primera y última persona del listado de estudiantado matriculado por orden alfabético (si no estuvieran en el aula, se seguirá la lista desde el principio y el final para dar, respectivamente, con el primero y el último presente en el aula).
2) Se ofrecerán 15 minutos a cada persona candidata para exponer su programa o ideario. De haber más de dos candidatos el tiempo se reducirá a 10 minutos.
3) A continuación, la mesa llamará al voto, por orden de lista, a las personas matriculadas, identificándolas mediante el documento identificativo que porten.
Si solo se presentara una persona, se efectuará la votación, votando sí o blanco, para aceptar o rechazar su candidatura.
Para que la persona sea elegida, será necesario que un tercio del total de los votos emitidos sean favorables.
Si no hubiera estudiantes voluntarios, se efectuará la votación, siendo elegible cualquier estudiante de la lista.
Toda y todo estudiante tiene derecho a renunciar al cargo. Si todas y todos los estudiantes electos renuncian, el grupo quedará sin persona delegada.
La votación se efectuará independientemente del número de estudiantes presentes en clase.
Únicamente se realizará una ronda de voto, resultando elegida la persona que obtenga mayor número de votos, salvo que fuese necesario deshacer un empate. La votación será secreta, y se realizará mediante papeletas.
4) Se llevará a cabo el recuento en público.
5) El docente cumplimentará el acta, recogiendo el resultado final y cualquier incidente producido en la elección.
6) El acta será depositada en el Decanato o Vicedecanato del Centro o Sección correspondiente.
7) Se remitirá el listado de personas delegadas, junto con su correo corporativo, al Consejo de Estudiantes correspondiente para su conocimiento y demás efectos, así como al Vicerrectorado competente en materia de Estudiantes.
4.– Elección de las personas representantes de las delegadas y delegados de grupo en el Consejo de Estudiantes de centro o sección.
Finalizado el proceso electoral de las y los delegados de grupo, el Consejo de Estudiantes de Centro o Sección, o en su defecto el equipo de Dirección del Centro convocará a todas y todos los delegados a una reunión en la que se informará de sus deberes y derechos y demás cuestiones de su interés en calidad de representantes de su grupo. Posteriormente se procederá a elegir los las y los delegados que pasarán a formar parte del Consejo de Estudiantes de Centro o Sección. Serán electores y elegibles todas las delegadas y delegados de grupo. Resultarán elegidas las delegadas y delegados más votados hasta cubrir todos los puestos que hubiere en ese Consejo de Estudiantes.